La Corte desestimó un recurso para considerar travesticidio el crimen de Diana Sacayán

La Corte Suprema eligió no expedirse sobre el recurso presentado por la UFEM en octubre de 2020 cuando la Cámara Nacional de Casación descartó el agravante por crimen de odio del transfemicidio de Diana Sacayán.

La Corte Suprema de Justicia rechazó el jueves considerar como travesticidio el crimen de la activista trans Diana Sacayán que fue asesinada en 2015. Se trataba de un recurso de queja presentado por el fiscal Ariel Yapur y la fiscal Mariela Labozzetta, titular de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), contra el fallo de la Sala I de la Cámara de Casación Nacional que había excluido el agravante de «odio a la identidad de género» en el asesinato de Sacayán.

El tribunal máximo, con los votos de los cuatro jueces Ricardo Lorenzetti, Manuel García Mansilla, Horacio Rosatti y Carlos Rosencrantz no se pronunció al respecto, amparados en el artículo 280 del Código Procesal, Civil y Comercial.

La resolución tiene fecha el mismo día en que el Senado rechazó a los jueces propuestos por el gobierno de Javier Milei para integrar la Corte, uno de ellos, Manuel García-Mansilla, firmante de la resolución.

Desde 100% Diversidad y Derechos expresaron: «La resolución, firmada por el juez Manuel García-Mansilla —cuya designación fue rechazada por el Senado—, convalida la decisión de la Sala I de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional, que eliminó el agravante de odio a la identidad de género. Esto desconoce el carácter político y estructural del crimen y debilita las herramientas jurídicas que los movimientos de derechos humanos y de la diversidad construimos durante años para nombrar y enfrentar los travesticidios y transfemicidios», y agregaron: «Fue travesticidio. Fue un crimen de odio. Exigimos justicia«.

“Resulta inadmisible que, a cinco años de la apelación, y en medio de un hostigamiento estatal a las personas trans, la Corte Suprema convalide un fallo que niega el carácter estructural de este crimen. La Corte debe estar a la altura de las luchas que dieron lugar al reconocimiento del travesticidio como figura jurídica”, dijo Ricardo Vallarino presidente de la organización.

“La Corte Suprema firmó este fallo el mismo día en que el Senado rechazó el pliego del juez García-Mansilla. Un fallo sin legitimidad, firmado por alguien sin designación constitucional, que niega una verdad histórica: a Diana la mataron por ser travesti”.

“La eliminación del agravante por odio a la identidad de género en el caso de Diana Sacayán no es solo un problema jurídico: es un acto político de invisibilización y revictimización que vulnera los estándares internacionales de derechos humanos”.

Definieron a Diana Sacayán como “una referente imprescindible del movimiento travesti-trans, militante por los derechos humanos, fundadora del Movimiento Antidiscriminatorio de Liberación (MAL), impulsora de la Ley de Cupo Laboral Travesti Trans y víctima de un crimen de odio”.

También destacaron que el asesinato no es un hecho aislado, sino que fue parte de la violencia sistemática de la comunidad. Y enfatizaron en el que fallo va en sentido contrario a lo que demandó la Corte Interamericana de Derechos Humanos y que eso constituye un grave retroceso.

Agencia Presentes destacó que “más allá de lo que diga la Corte, la sentencia por el travesticidio de Diana Sacayan se usó en diversas instancias a nivel nacional e internacional”, y que fuentes consultadas por ese medio “resaltaron que la sentencia condenatoria (solo por femicidio) quedó firme. Y que lo importante es que la sentencia por travesticidio se dictó. Se trató el caso de manera concreta con perspectiva de género, se habló de un travesticidio, se dictaron medidas reparatorias”.

Say Sacayán, activista trans, y hermano de Diana, adelantó que va a pedir la nulidad de la sentencia.

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