El FpV presentó un proyecto para que sea designado mediante el mecanismo de participación ciudadana. Estipula la incompatibilidad para quienes tengan depósitos en paraísos fiscales.
Una vez conocida la decisión del gobierno de designar a
Leandro Cuccioli en lugar de Alberto Abad al frente de la AFIP, el titular del
bloque de diputados del Frente para la Victoria, Agustín Rossi, presentó un
proyecto de ley para modificar el mecanismo para designar al jefe de los
recaudadores.
El proyecto del santafesino estipula que el titular de la AFIP
deberá ser evaluado mediante el mecanismo de participación ciudadana, previo a
la designación por parte del Ejecutivo. Además, el texto, prohíbe taxativamente
la designación de quienes sean administradores o titulares de fondos o títulos en
paraísos fiscales.
Según el texto el procedimiento establecido tiene como
finalidad conocer su trayectoria y su compromiso con los valores democráticos y
el respeto a las instituciones, así como
garantizar su idoneidad técnica.
En ese marco se establece la prohibición de acceder al cargo
para quien sea titular o administrador de depósitos en moneda o títulos
valores en entidades bancarias o financieras, en sociedades, fideicomisos, o
cualquier otro tipo de personas jurídicas constituidas en el extranjero en
territorios considerados no cooperadores a los fines de la transparencia
fiscal.
El proyecto dispone que el nombre y los antecedentes
curriculares del candidato propuesto se publicará en un plazo máximo de treinta
días en el Boletín Oficial y en por lo menos dos diarios de circulación
nacional, durante tres días. En simultáneo a la publicación se difundirá en la
página oficial de la red informática del Ministerio de Hacienda y Finanzas
Públicas.
Además se establece que la persona propuesta deberá
presentar una declaración jurada con la nómina de todos los bienes propios, los
de su cónyuge o conviviente, los que integren el patrimonio de la sociedad
conyugal, y los de sus hijos menores, en los términos y condiciones que
establece el artículo 6° de la Ley de Ética de la Función Pública N° 25.188 y
su reglamentación. La Oficina Anticorrupción deberá presentar su informe en el
plazo de 48 horas ante el Poder Ejecutivo Nacional.
En tanto, deberá adjuntar otra declaración en la que
incluirá la nómina de las asociaciones civiles y sociedades comerciales que
integre o haya integrado en los últimos ocho años, los estudios jurídicos o contables a los
que perteneció o pertenece, la nómina de clientes o contratistas de por lo
menos los últimos ocho años, y en
general, cualquier tipo de cargo,
función o compromiso que pueda afectar su fiel desempeño, por
actividades propias, actividades de su cónyuge, de sus ascendientes y de sus
descendientes en primer grado, ello con la finalidad de permitir la evaluación
objetiva de la existencia de incompatibilidades o conflictos de intereses.
Luego de la publicación se abrirá un plazo de 15 días para
impugnaciones.