Dos testigos que habían asegurado que el juez federal Sebastián Casanello visitó a Cristina Fernández de Kirchner a fines de 2015, cuando aún era presidenta, en la Quinta de Olivos, para supuestamente pactar su impunidad y la del empresario Lázaro Báez, reconocieron ante la Justicia que mintieron y aceptaron una condena a tres años de prisión en suspenso por el delito de “falso testimonio”.

Mediante el mecanismo de juicio abreviado (los imputados admiten su responsabilidad en el delito que se les imputa a cambio de una condena menor a la que pudiera corresponderles en un juicio oral), el ex chofer de Presidencia Carlos Scozzino y el ex empleado de la ANSES Gabriel Corizzo pactaron con el fiscal de tribunal oral Juan Patricio García Elorrio la pena de tres años en suspenso, sensiblemente menor a la máxima de diez años de cárcel que prevé el Código Penal para este tipo de delitos.

El acuerdo debe ser aún homologado por el tribunal oral federal número tres, que tiene asignado el caso.

En el contexto de una andanada de críticas -especialmente desde medios de comunicación- contra la actuación de Casanello, Scozzino y Corizzo se presentaron ante la Justicia para afirmar que habían visto al juez en la Quinta Presidencial.  Por esa acción también están bajo investigación el abogado Santiago Viola y el ex fiscal Eduardo Miragaya, quien aparece reiteradamente mencionado en las causas por espionaje ilegal que tramitan ante los juzgados federales de Dolores y Lomas de Zamora.

Casanello se auto denunció y aseguró que no conocía a CFK ni tampoco la residencia oficial. La investigación, a cargo del juez Luis Rodríguez, permitió determinar que efectivamente era cierto: Casanello sólo conoció a la hoy vicepresidenta cuando la llamó a indagatoria, por orden de la Cámara Federal (integrada por los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah) en setiembre de 2018 en la causa por lavado de dinero contra Báez y otros imputados, hoy en juicio oral y a punto de dictarse veredicto.

“Por fin lo conozco”, le dijo Cristina Fernández al juez, en aquella oportunidad.

En su procesamiento de primera instancia, el juez Rodríguez sostuvo que Corizzo y Scozzino «sistemáticamente mintieron”. El fallo fue confirmado por la Cámara Federal y pasó a la etapa de juicio.

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«Las dos personas sometidas a procesos penal afirmaron hechos falsos en sus respectivas declaraciones. Las evidencias recolectadas en el expediente revelarían, de manera uniforme, que ni Casanello, ni Corizzo, ni Scozzino concurrieron a la quinta de Olivos» el día en que supuestamente habrían ocurrido los hechos.

Los imputados admitieron sus responsabilidades y acordaron con el fiscal la pena, que incluye el cumplimiento de reglas de conducta durante el período que dure la pena aceptada.