En los alegatos del juicio por el homicidio de Rafael Nahuel, el joven mapuche de 22 años que fue asesinado el 25 de noviembre de 2017 en Villa Mascardi. Este miércoles el fiscal Vahils Ruiz pidió solo 5 años de prisión para los integrantes del grupo Albatros de la Prefectura Naval Argentina (PNA) imputados por el asesinato.

La Secretaría de Derechos Humanos de la Nación (SDHN) es querellante en la causa y junto a las otras querellas, este martes pidió al Tribunal Oral Federal de General Roca que condene a prisión perpetua a los cinco prefectos que están imputados. Sergio Cavia se encuentra acusado de “homicidio agravado cometido en exceso de legítima defensa”, los otros cuatro, Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Carlos Valentín Sosa y Sergio García, están señalados como “partícipes necesarios” de ese delito.

Un pedido de dudosa procedencia

“Para nosotros el alegato del fiscal es totalmente absurdo, un papelón, porque se contradice con pruebas muy concretas que están en el expediente”, aseguró Mariano Przybylski, abogado querellante y director de Políticas contra la Violencia Institucional de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, en diálogo con Tiempo.  Continuó apuntando que el magistrado “desechó todas las pruebas y da por probado que hubo un enfrentamiento”.

“No reconoce que fue una persecución y nosotros -con las otras querellas- lo demostramos a lo largo del debate”, remarcó el director nacional. Ruiz sostiene esa postura a pesar de que “tanto Rafael Nahuel, Jones Huala y Lautaro González recibieron impactos de bala por las espaldas”.

“Cuando se produce un enfrentamiento es de frente, de cara a cara, por la espalda es una huida, una persecución y esto lo dijeron los peritos durante el juicio”, subrayó el abogado querellante. Además, tienen la dispersión “de las vainas encontradas en el terreno, que nosotros lo mostramos, incluso en una animación, que ilustra cómo se van sucediendo la aparición de las vainas en forma ascendente”, agregó.

Sin embargo, “el fiscal dice que si bien eso es así, no sabe en qué orden se dispararon esas vainas, siendo que durante el juicio los mismos imputados dijeron donde se había iniciado el supuesto enfrentamiento”, reconstruyó el director general. También apuntó “por lo cual es mentira que no se sabe el orden de la aparición de las vainas”.

Acreditación falsa                                                   

Por otro lado, “el fiscal acredita la presencia de armas de fuego por parte de la comunidad mapuche diciendo que es una prueba que da certeza de los restos de fulminante en las manos de Jones, Lautaro y en un sobre que tenía Rafael Nahuel”, señaló el abogado querellante. Sumado a esto “cuando todos los peritos químicos vinieron al juicio a explicar que existen muchísimas formas de transferencia, contaminación, que esa prueba no es concreta”, agregó.

“Tenemos un prefecto que no disparó, que sabemos que no lo hizo porque tenía su cartuchera completa y no estaba en la zona del hecho, que es Sánchez, cuando le hicieron la prueba de fulminante le dio positivo y él no disparó”, explicó el director general. Entonces si para la fiscalía que este estudio de positivo es certeza de que la persona disparó como dijeron en sus alegatos, Sánchez tendría que estar imputado por la misma fiscalía, pero obviamente que no, por eso es absurdo, es solo una construcción del fiscal que no se condice con nada de la prueba recolectada en el expediente”, finalizó.

Está previsto para la próxima semana los alegatos de la defensa de los acusados. La fecha de la sentencia no está formalmente estipulada, pero se estima que podría ser el próximo 29 de noviembre.

Cabe destacar, que la responsable política de este terrible hecho de violencia institucional fue la entonces ministra de seguridad Patricia Bullrich, quien fue absuelta en la causa por el homicidio de Santiago Maldonado en manos de la Gendarmería Nacional Argentina (GNA) el pasado mes de julio, un mes antes de las PASO.

Sobre el caso Rafael Nahuel

El homicidio de Rafael Nahuel, de 22 años, ocurrió el 25 de noviembre de 2017 en Villa Mascardi, cuando se desató una brutal represión. Los acusados del asesinato son los prefectos Sergio Cavia; Francisco Javier Pintos; Juan Ramón Obregón; Carlos Valentín Sosa y Sergio García, todos miembros del grupo Albatros de Prefectura Naval Argentina.

Los prefectos cumplían con una orden del juez del Juzgado Federal de Bariloche, Gustavo Villanueva, que estaba reemplazando en ese momento a un colega suyo, y fue quien indicó que se asegure el perímetro del territorio en disputa entre la comunidad mapuche y Parques Nacionales, que había sido desalojado dos días antes y en el que fueron detenidas cinco mujeres mapuches que estaban en el terreno.

El magistrado manifestó que emitió orden de desalojo a partir de una denuncia de usurpación que recibió, la que fue realizada el 17 de noviembre de 2017 por parte del Parque Nacional Nahuel Huapi. La comunidad Lafken Winkul Mapu en este sentido había anunciado a principios del mismo mes la recuperación de unas diez hectáreas de las 710 mil que tiene el Parque Nacional Nahuel Huapi en esa parte de Villa Mascardi. Una semana después -el 25 de noviembre- se produjo el violento desalojo donde los prefectos dispararon 151 balas de plomo y asesinaron a Rafael Nahuel.