La creación del Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI) por parte de la AFIP y la Secretaría de Comercio, sorprendió este martes a las pymes y a sus entidades representativas, que sacaron conclusiones diversas sobre la Resolución Conjunta 5466 y su potencial impacto en la actividad del sector. La norma también creó el padrón de deudores de importaciones.

En paralelo, Comercio publicó la Resolución 1/2023 que derogó el régimen de licencias para las importaciones de productos para uso interno establecido por la Resolución 523/2017. El gobierno, por vía del ministro de Economía, Luis Caputo, y del portavoz Manuel Adorni, aclaró que «ya no hay más permisos de importación». 

Industriales Pymes Argentinos (IPA) alertó por el cuadro que plantean las nuevas medidas para los negocios de las pymes que importan y producen en el país para consumo local o para exportar a mercados externos.

La entidad resaltó que no está clara la intención del gobierno respecto del ingreso irrestricto de productos de exportación y el impacto en las empresas argentinas. También señaló que no se ordena el marco cambiario de las pymes que importan materia prima para luego exportar. En ese sentido, lamentó que el gobierno impide disponer de divisas para operar a las empresas que importan y exportan.  

El titular de IPA, Daniel Rosato, dijo a Tiempo que los técnicos de la entidad analizan los detalles de la normativa oficializada este martes con la expectativa en el primer día de vigencia, este miércoles 27 de diciembre.

En la primera lectura, el directivo señaló que “no hay medidas antidumping”, es decir, que no establece controles para el ingreso al país de productos con precios por debajo de los costos de producción.

En ese sentido, advirtió que «se plantea una inconveniencia que ya vivimos, por ejemplo, frente a China que subsidia exportaciones de productos terminados a un precio con el que no podemos competir. La resolución no menciona qué va a pasar ni si se anulan todos los controles. No está determinado qué productos van a llevar los aranceles, y son aclaraciones muy importantes. Lo que pedimos son reglas claras y competencia leal”, apuntó.  

Respecto de las pymes que importan materia prima en forma temporaria, Rosato aseguró que no pueden producir ni vender porque compran a un dólar con un precio mayor al que rige para vender, un problema sobre el que el gobierno no hizo aclaraciones ni adelantó correcciones.

El dirigente industrial también señaló que las pymes que exportan y cobran dólares por esas ventas no disponen de sus divisas para seguir operando, por lo que acusó al gobierno de Javier Milei de repetir una de las políticas de la administración de Alberto Fernández.  

El IPA pidió una reunión a las autoridades de Comercio para plantear los tres temas, que, remarca, no fueron señalados por la Unión Industrial Argentina (UIA) en la reunión que mantuvo con el gobierno la semana pasada.

Otra mirada

En tanto, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) emitió un comunicado elogioso de la resolución conjunta de la AFIP y Comercio y crítico del Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA), vigente durante el gobierno del Frente de Todos.

El texto difundido este martes interpretó que el SEDI “viene a reemplazar al Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA), un método que no resultó sencillo para las pequeñas y medianas empresas».  

El presidente de la entidad, Alfredo González, auguró que la nueva normativa facilita las operaciones de las empresas y que “a partir de su pronta implementación, las pymes podrían disponer mejor del personal que hasta ahora estaba abocado a un complejo proceso de aprobación, como era SIRA”.

González también destacó el tratamiento especial para las deudas contraídas hasta el 12 de diciembre de 2023 para operaciones con proveedores extranjeros y declaró: “Los bonos Bopreal para el pago de estas obligaciones son un gran paso. Le solicitaremos al Gobierno que las pymes puedan usarlos para abonar lo más pronto posible los compromisos vencidos. Las deudas de las pequeñas y medianas empresas afectan sensiblemente a la relación con los proveedores”. 

Qué dice la norma

La AFIP y la Secretaría de Comercio crearon el Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI), al que definieron como un sistema a través del cual los importadores anticiparán la información “relativa a sus destinaciones de importación para consumo”.

En el nuevo proceso, la AFIP analizará “a partir de la información disponible en sus registros, la situación tributaria del contribuyente y su capacidad económica financiera para efectuar la operación que se pretende cursar, mediante el ‘Sistema de Capacidad Económica Financiera’ (Sistema CEF)”.

La medida aclara que a declaración SEDI pasará a estado de salida en tanto la autoricen los organismos integrantes del Régimen Nacional de Ventanilla Única del Comercio Exterior Argentino (VUCEA), que tendrán un plazo de 30 días corridos. En caso de que esos organismos no intervinieren, la declaración SEDI pasará en forma automática.

El texto exceptúa de las declaraciones SEDI a las importaciones de productos «realizadas en el marco de los regímenes de muestras, de donaciones y de franquicias diplomáticas», de mercaderías con franquicias de derechos y tributos; de mercaderías ingresadas bajo el régimen de courier o de envíos postales, de bienes amparados en el régimen de importaciones para insumos destinados a investigaciones científico-tecnológicas que se encuentren enmarcados en el certificado previsto en el Articulo 4° de la Ley N° 25.613; de bienes provenientes del Área Aduanera Especial creada por la Ley N° 19.640 que se importen al territorio continental, así como a las operaciones de importación de bienes provenientes del territorio continental que se importen a dicha Área Aduanera Especial; y de “todas aquellas mercaderías que ingresen en el marco de lo previsto en la Resolución General N° 3.628 de la AFIP».

Además, el texto conjunto creó el “Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior”, en el que deberán inscribirse los sujetos “que cuenten con deuda comercial por importaciones de bienes y/o de servicios y efectuar la correspondiente declaración jurada”.

La norma aclara que “la información allí consignada por los particulares tendrá carácter de declaración jurada y será vinculante» y advierte que “su falseamiento y/o adulteración acarreará las sanciones administrativas que correspondan”.