Tras 46 años, este jueves se rompió con la impunidad que había sobre la masacre de la quinta La Pastoril, el ataque de fuerzas conjuntas durante una reunión del Comité Central del PRT en la localidad bonaerense de Moreno el 29 de marzo de 1976. Los jueces Matías Mancini y Esteban Rodríguez Eggers y la jueza María Morgese Martín, del Tribunal Oral Federal 5 de San Martín, condenaron a seis de los siete acusados por crímenes de lesa humanidad cometidos contra 15 militantes políticos cinco días después del golpe.

Recibieron penas de prisión perpetua como coautores de homicidios y secuestros los exmilitares Eduardo Sakamoto, Héctor Alberto Raffo, Juan Carlos Jöcker y Juan Manuel Giraud, quienes integraron como oficiales y suboficiales las compañías que participaron del operativo represivo.

Los ex policías bonaerense Juan José Ruiz y Julio Alejandro Pérez recibieron penas de 19 y 20 años de prisión. Ambos eran suboficiales de la Comisaría 1° de Moreno de la Policía Bonaerense, donde fueron llevadas personas secuestradas y algunos de los cuerpos que luego fueron enterrados como NN. El Tribunal los consideró partícipes secundarios de homicidios y secuestros.

El único absuelto resultó el exmilitar Carlos Alberto Guardiola, de la Compañía de Ingenieros de Pablo Podestá. La querella de familiares, representada por Pablo Llonto, había solicitado una condena a prisión perpetua para él mientras que la fiscalía había pedido la absolución, por entender que no quedó probado en el debate su participación en el operativo.

Más allá de las penas, el Tribunal ordenó al Cuerpo Médico Forense que realice informes médicos a los condenados para analizar si se encuentran en condiciones de cumplir la pena en cárcel común, como solicitaron la querella y la fiscalía.

También resolvió que se amplíe la investigación a partir de pruebas y testimonios que surgieron durante el debate, como los delitos cometidos contra dos niñas y un niño de entre 4 años y 6 meses que estaban junto a sus padres ese día, y las posibles nuevas víctimas que aparecen en documentos de inteligencia de la época.

Los jueces, además, hicieron lugar al pedido de la querella y mencionaron en el veredicto a los tres acusados que murieron impunes en diferentes etapas de la causa, como el mayor Miguel Ángel Armúa, jefe de la Compañía de Ingenieros 10 de Pablo Podestá, el excomisario Omar Hernández y el expolicía Julio Salvetti.

Este fue un juicio particular, ya que, a diferencia de la mayoría de las causas de lesa humanidad, no se trataba de crímenes alrededor de un centro clandestino de detención sino que ocurrieron en una casa quinta que el PRT había alquilado para una reunión secreta de su Comité Central y de algunas organizaciones aliadas, como el MIR de Chile y de Tupamaros de Uruguay. 

La mayoría de los líderes del PRT lograron escapar, como Mario Roberto Santucho, Benito Urteaga y Domingo Menna. Sin embargo, cuatro militantes de la organización fueron asesinados en el lugar, María Elena Amadío, Emilia Susana Gaggero, Víctor Hugo González y Ruperto Méndez, y otros 3 en los alrededores, cuando escapaban en un auto, Juan Mangini, Nelson Agorio y Héctor Chávez.

Al menos otras ocho personas más fueron secuestradas y llevadas a diferentes centros clandestinos de detención, como Puente 12 y la Comisaría 1° de Moreno, y sólo cuatro recuperaron la libertad.

Los hechos lograron ser ocultados durante más de 40 años, pero el impulso de las familias de las víctimas logró condenas históricas y la visibilización de una masacre que había sido silenciada. Después del veredicto, la causa continuará para saber si hubo más víctimas y más victimarios que llevar a la justicia.