La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) ha empezado a pronunciarse respecto de los reclamos de algunas organizaciones ambientales sobre los incendios en el Delta del Paraná. Esta semana, comenzó a tratar un recurso de amparo elevado junto a niños y niñas “en representación de las futuras generaciones” para que se declare a la zona como “Sujeto de Derecho”. Hace unos días, en otra presentación, ya había ordenado que “se constituya, de manera inmediata, un Comité de Emergencia Ambiental”. Ambas resoluciones son importantes porque ponen el foco en el cambio climático.

El 2 de julio, la Asociación Civil por la justicia ambiental (AJAM) y el Foro Ecologista de Paraná presentaron una acción judicial ante el Máximo Tribunal en defensa del Delta del Paraná y lo hicieron junto a niños y niñas “representando a las futuras generaciones”. Así fue como demandaron a las provincias de Buenos Aires, Entre Ríos, Santa Fe y al municipio de Victoria, “por la falta de protección del bien colectivo Delta”.

Además de la declaración de Delta del Paraná como Sujeto de Derechos, las organizaciones exigieron la urgente implementación de un ordenamiento territorial ambiental; un plan de regulación de los usos del suelo en el territorio insular, la designación de un “guardián” del Sujeto Delta de Paraná y la debida participación ciudadana.

“Pedimos que se haga el ordenamiento territorial y que se reglamente el uso del suelo, con una mirada no solo productiva, sino ambiental. No planteamos que no haya actividad, sino que sea regulada”, explica María Fernández Benetti, abogada de AJAM.

Para la activista ambiental, “la sobreexplotación no es la única amenaza de la zona. La presencia de muchas cabezas de ganado para un ecosistema tan frágil como el humedal es un problema, lo mismo que la extensión del monocultivo y el lobby inmobiliario”.

Fernández Benetti destaca que “es la primera vez que se presentan niños como actores de un litigio climático en la Argentina quejándose, no solo de la crisis climática, sino también de la crisis alimentaria que les estamos dejando porque no van a tener más tierra donde cultivar sus alimentos”.

“Adaptación al cambio climático”

La semana pasada, la Corte Suprema respondió a la acción de amparo colectivo presentada por Equística Defensa del Medio Ambiente dictando como medida cautelar que “las Provincias de Santa Fe, Entre Ríos y Buenos Aires, y los Municipios de Victoria y Rosario, constituyan, de manera inmediata, un Comité de Emergencia Ambiental” y que “dicho Comité adopte medidas eficaces para la prevención, control, y cesación de los incendios irregulares en los términos de la ley 26.562, en la región del Delta del Paraná”

Equística, que trabaja la cuestión ambiental desde 1982, había fundamentado en el amparo que “desde comienzos de julio de 2020 se vienen produciendo incendios irregulares, en el cordón de islas que están frente a la costa de la ciudad de Rosario, y que el fenómeno ha crecido tanto que está fuera de control”.

La ONG destacó, además, que “la ley 27.520 de Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático Global, contempla que deben establecerse estrategias, medidas, políticas e instrumentos relativos al estudio del impacto, la vulnerabilidad y las actividades de adaptación al Cambio Climático” y que por ello “se debe asistir y promover el desarrollo de estrategias de mitigación y reducción de gases de efecto invernadero en el país; al tiempo que se debe reducir la vulnerabilidad humana y de los sistemas naturales ante el Cambio Climático, protegerlos de sus efectos adversos y aprovechar sus beneficios”.