Desde que nacen son entrenados para matar. Dicen que por tradición, deporte o cultura, el animal es sometido a diversas privaciones, maniobras y vejaciones para que su única salida sea el ataque o la obediencia a su amo. Hay miles de perros de caza en Argentina, miles de animales que solo viven para matar a otro, para hacerlo bien o morir en el intento. La presa puede ser un jabalí, como se acostumbra en Río Negro, pero también puede ser cualquier otra especie protegida, silvestre, en peligro de extinción.

Esta práctica es posible porque la ley 22.421 de Fauna Silvestre no contempla prohibición alguna al respecto y tampoco se ha sancionado ninguna otra norma de alcance nacional que lo regule.

No obstante, el pasado 3 de mayo, se presentó un proyecto para modificar la ley de Fauna Silvestre. La iniciativa es de la diputada nacional Alicia Aparicio y fue acompañada por el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Juan Cabandié.

El proyecto propone aumentar las penas a cazadores de especies protegidas.

Según se difundió en un comunicado, con la reforma se busca “aumentar los estándares de protección a los animales declarados monumentos naturales y en peligro de extinción, así como las penas e infracciones; prohibir el uso de perros de caza y posibilitar la introducción de ejemplares al país de especies autóctonas en extinción, amenazadas o vulnerables a través de convenios con instituciones, entre otros aspectos novedosos”.

Los motivos del proyecto de reforma

Desde la creación de la ley de conservación y protección de la Fauna Silvestre, allá por 1981, nuestra sociedad produjo un cambio profundo en la comprensión respecto a crear una mayor protección de nuestra rica biodiversidad y la necesidad de mantener el equilibrio de nuestros ecosistemas”, dijo a Tiempo la diputada Alicia Aparicio.

En este sentido, el Ministro Cabandié había expresado durante la presentación que “creemos fundamental regular y actualizar la ley de fauna y aumentar las penas. Es una demanda de la sociedad, una deuda pendiente que tenemos que trabajar alrededor del bienestar animal”. Asimismo, que el proyecto de ley “nos permite poner en debate la forma en que vivimos, cómo nos organizamos como sociedad y cómo es nuestra relación con la biodiversidad”. Durante el evento, mencionó que la cartera ministerial trabaja en un proyecto de ley que se complementa con el de Aparicio. Éste contiene los presupuestos mínimos para el bienestar animal y la conservación de la biodiversidad en zoológicos, centros de rescate y rehabilitación, santuarios y otras instituciones que tengan como objetivo la conservación y cuidado de la fauna silvestre.

Penas más duras para cazadores furtivos

Tiempo accedió al texto del proyecto presentado, en cuyos fundamentos se expresa que hay una evidente desactualización de la Ley 22.421, “tanto de las herramientas que contempla para la caza, como para las penas y las infracciones donde las sanciones tienen un monto muy bajo y ya no resultan eficaces”.

Es por eso que uno de los puntos centrales consiste en incrementar las penas de prisión y de inhabilitación, además de la sanción económica frente a las infracciones. En la actualidad, las multas son de $70.000, lo cual no persuade al cazador de su conducta. El proyecto de Aparicio propone un mecanismo de actualización que depende del Salario Mínimo Vital y Móvil (de 100 a 1.000 veces el monto del SMVM). Dentro del marco sancionatorio, esta propuesta dispone que quien transgreda la norma no solo obtenga la cancelación de su licencia de caza deportiva sino de toda licencia para cualquier tipo de caza.

De una lectura del proyecto surge que se considerarían hechos delictivos en el marco de esta ley: “cazar animales de la fauna silvestre en campo ajeno sin la autorización del propietario o administrador o poseedor o tenedor”. Asimismo, “cazar animales de la fauna silvestre cuya captura o comercialización estén prohibidas o vedadas por la autoridad jurisdiccional de aplicación” y, por último, “cazar animales de la fauna silvestre utilizando armas, artes o medios prohibidos por la autoridad jurisdiccional de aplicación”.

Vida de perros

La propuesta incluye la prohibición “del uso directo o indirecto de perros de caza”. Un vacío legal permite que allí donde está prohibida la caza, se usen a los canes como herramienta para evadir la ley. La legislación vigente contempla armamentos directos o indirectos, pero no animales utilizados para cazar, por ello, los cazadores que utilizan  perros como medio para sus fines, quedan fuera de la norma y sus sanciones.

No obstante, el reclamo por la prohibición de los perros de caza excede este motivo. El 1 de marzo de este año, la agrupación Che Galgo presentó junto a la diputada nacional Graciela Camaño (Vamos por Más) un proyecto de ley que aborda la situación de estos animales, promueve la prohibición y penas a su infracción. “Seguimos trabajando en la concientización de la sociedad, destapando todo lo que la caza con perros significa”, dijo a Tiempo Carla Zapata, coordinadora de Che Galgo. “Desde que nacen, los perros son seleccionados y preparados para el ejercicio de la caza, con orejas y rabos mutilados, entrenamientos crueles con animales vivos, encierros, hambrunas, y por supuesto, el acto de la caza en sí, que no es más que la riña a muerte entre dos especies o la instrumentalización impiadosa y abusiva sobre los perros”, agregó. “Esto no es un deporte ni un entretenimiento, aunque desde las Secretarías de Ambiente provinciales así lo cataloguen”.

Zapata expresó que considera fundamental avanzar en el reconocimiento hacia los derechos de los animales: “la importancia de este avance radica en que la sociedad no puede tolerar más violencia, hay que educar en la empatía, en la sensibilidad”.

Los operativos de tráfico de fauna protegida crecen en el país.

Consultada respecto a la posibilidad de la reforma de la ley de Fauna Silvestre, declaró que: “si bien celebramos que propone la prohibición de la caza con perros en todas sus formas, nos resulta insuficiente, deja en manos de privados la vida de los animales silvestres autóctonos, ya que permite el libre albedrío de los dueños de campos donde estos animales habiten”.  En este sentido, afirmó que “se sigue delegando en los ministerios provinciales la regulación y administración del animal”. Esto permitiría que se continúe con las contradicciones que se viven en la actualidad en cuanto a las diversas normativas provinciales. “Por ejemplo con el puma, se prohíbe cazarlo en Buenos Aires o Santa Fe, pero en Río Negro o Santa Cruz está permitido y hasta pagan por el cuero del animal”.

Zapata refirió que “la modificación de la ley de fauna, no puede ser a medias tintas, tiene que ser concluyente, protegiendo a toda la fauna autóctona, y prohibiendo los cotos de caza donde por ejemplo, miles de aves mueren a diario por los tiros de cazadores extranjeros, o donde se permite la cría de animales exóticos como ciervos axis colorados”

El regreso de las especies

El proyecto de Aparicio incluye la posibilidad de realizar convenios con entidades científicas, universidades o fundaciones de conservación y recuperación de especies autóctonas “para la importación, introducción y radicación de ejemplares para su conservación, desarrollo y reinstalación a su hábitat natural que se encuentren en peligro de extinción, amenazadas o vulnerables”. O sea, facilita la posibilidad de lograr acuerdos para volver a introducir animales autóctonos en territorios donde ya está extinto. Cabe destacar que existen diversas experiencias en este sentido en el país como el Programa de Recuperación del Cóndor Andino o el Proyecto Tapir en Tucumán.

De forma congruente, se propone la prohibición de la caza de las especies que “por legislación nacional o provincial sean declarados monumentos nacionales y esta prohibición se hace extensiva a todas aquellas especies que se consideren en peligro de extinción o amenazadas o vulnerables (dependiendo la jurisdicción)”.

En este sentido, Aparicio expresó que “es necesario dar un debate, a mi entender, amplio, constructivo, en el ámbito parlamentario que nos permita arribar a una normativa idónea para resolver cómo enfrentamos la manera en que la actividad del hombre se relaciona con la naturaleza. Esta debe ser sustentable, sostenible y respetuosa”.  Y concluyó: “es una deuda con la que las nuevas generaciones que van a enfrentar en el futuro, valga la redundancia, un futuro incierto, ellos tienen el derecho de vivir en armonía con la naturaleza”.