«Tenés que pensar antes de tener un hijo, ¿ahora te quejás?», le dijeron a una. «Las médicas me presionaron para que me calle y que lo escupa. Me dijeron: ‘Si no es tu primer hijo, ya sabés lo que hay que hacer'», agregó otra. Un maltrato esperable, un castigo adicional merecido –les hicieron creer– por estar presas.

«Parí como una condenada. Experiencias de violencia obstétrica de mujeres privadas de la libertad», es un informe elaborado por la Defensoría General de la Nación, la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN) y las Defensorías del Pueblo  nacional y bonaerense, que denuncia las vivencias de las mujeres privadas de la libertad durante sus procesos reproductivos. A partir de los casos y la información relevada, el trabajo recomienda que se tomen medidas alternativas al encierro carcelario para las mujeres embarazadas y con hijos.

La violencia obstétrica, explica el informe, es una modalidad particular de discriminación y de violencia de género que afecta de manera transversal al conjunto de las mujeres en el embarazo, el parto y el posparto. Las mujeres privadas de la libertad, sin embargo, pueden sufrirla de una forma exacerbada, «porque el encierro carcelario implica restricciones sustantivas para el goce de los derechos reconocidos y una mayor exposición a la violencia institucional».

«El principal hallazgo de la investigación fue la inexistencia de un protocolo o programas comunes de atención y derivación de mujeres embarazadas al momento del parto, lo que genera una diversidad de prácticas. Por otro lado, la población de mujeres tiene una trayectoria de mucha violencia, pertenecen a una población con factores de vulnerabilidad más sensibles que el resto y, por ese motivo, en los penales tienen que estar más alertas a sus necesidades, prestarles mayor atención. Pero eso no existe, no hay políticas penitenciarias en ese sentido», explica Verónica Manquel, coordinadora del Equipo de Género y Diversidad Sexual de la PPN y una de las autoras del trabajo.

Para Manquel, otro de los «puntos gravosos» es la utilización de esposas o medidas de sujeción para las mujeres en situaciones de preparto, parto y posparto, algo que en los penales de la provincia de Buenos Aires es «una práctica común».

«En el Sistema Penitenciario Federal –continúa– lo que ocurre es la presencia constante de vigilancia y control al lado de la mujer que está por parir. Lo más llamativo es que durante el parto la mujer no puede estar acompañada de un ser querido o persona allegada, con lo cual se está incumpliendo un derecho; sólo tiene a su lado a una celadora o penitenciaria».

Si bien el derecho a estar acompañada por una persona de confianza debe ser garantizado sin discriminación, no es usual que se informe a las mujeres detenidas sobre esa posibilidad. Gran parte de las encuestadas no sabía que podía requerirlo. Cuando solicitaron acompañante, en casi dos tercios de los casos (el 63,7%), el pedido fue rechazado.

De los relatos recabados surge además que un 94% de las mujeres inició el trabajo de preparto en la unidad penitenciaria, y gran parte de ellas –el 76%– específicamente dentro del pabellón donde se alojan.

Si bien un 72,7% de las mujeres informaron que fueron conducidas al hospital en una ambulancia,un 18% fueron trasladadas en camión y un 6% en otros móviles, como un patrullero.

Los datos recabados revelan que en el 42,4% de los casos (14 de las 33 encuestadas), las mujeres fueron inmovilizadas con algún mecanismo de sujeción (con esposas o «pateras») durante el tiempo que estuvieron hospitalizadas, aún durante el preparto y el parto.

A modo de recomendaciones específicas, el informe subraya entre otras cosas que debe capacitarse al personal judicial sobre la temática del parto respetado y garantizar el acceso a la justicia para las mujeres que son víctimas de violencia obstétrica; que el Poder Ejecutivo implemente políticas públicas que garanticen el acceso a los derechos reproductivos de las mujeres detenidas; que el Ministerio de Salud habilite mecanismos para la recepción de denuncias por hechos de violencia obstétrica, y que se ocupe de impartir, dentro de los servicios penitenciarios, cursos de preparto para todas las mujeres; y que los servicios penitenciarios dispongan de guardias obstétricas y pediátricas activas, además de erradicar el uso de medidas de sujeción e inmovilización en mujeres próximas a dar a luz o que hayan parido recientemente.

«Además de señalar las deficiencias –concluye Manquel–, también dirigimos la atención al Poder Judicial sobre la necesidad de que estas mujeres no estén detenidas, porque en el sistema penitenciario no existen los recursos para garantizarles los derechos a todas ellas, y al mismo tiempo la necesidad de potenciar medidas alternativas a la detención, como el arresto domiciliario o, directamente, la excarcelación».  «

Tres horas de espera para ver al bebé

Con relación al posparto, la Ley N° 25.929 establece que las mujeres tienen derecho a tener contacto de manera inmediata con sus bebés. Sin embargo, en este estudio carcelario se destaca una altísima proporción de mujeres a las que se les impidió conocer a sus hijos/as hasta después de tres horas de ocurrido el nacimiento (el 21,2% de las encuestadas).
El relevamiento, además, mostró llamativos índices de internaciones en neonatología (el 36,4% de los niños nacidos) por razones que no siempre son debidamente informadas.