En una semana donde el Senado encaró distintos proyectos vinculados a la vivienda en Argentina, este jueves el oficialismo logró la firma del dictamen favorable a la regulación de los contratos de alquiler temporario con fines turísticos, como la plataforma AirBnb.

Durante el plenario de las comisiones de Legislación General y de Turismo, se impuso el proyecto presentado por la kirchnerista santacruceña Ana María Ianni que propone que se cree un registro de inmuebles para el alquiler temporario y una reglamentación que establezca obligaciones y sanciones. El texto fue unificado con el de Mariana Juri, senadora de Juntos por el Cambio.

Al tomar la palabra, Ianni señaló que este es “un problema a nivel mundial” y celebró que “todos identificamos que el problema lo tenemos”. “Voy a poner en valor al Estado como promotor, fiscalizador, habilitante y sobre todo como un socio estratégico de aquellos que invierten y dan trabajo”, ponderó.

En ese sentido, Ianni explicó que “se podrá saber cuántas viviendas son ofertadas para el alquiler temporario y  saber qué viviendas quedan para el alquiler permanente”. “No pensamos en desestimar este tipo de oferta ni a las plataformas, queremos dar fin a una competencia desleal, porque no hay normativa, y afecta incluso el precio de los alquileres permanentes. Es una modalidad que está en una situación de informalidad que no brinda los servicios como corresponde”, remarcó la senadora del Frente de Todos.

 Con ello se pretende además que el Estado cumpla su rol de habilitar, fiscalizar y sancionar en el caso de que sea necesario. La norma reconoce contratos de alquiler temporarios que van desde una noche hasta noventa días.

Por su parte, Mariana Juri de la UCR señaló: “Nuestro desafío es hacer que los destinos turísticos sean sustentables, no solamente cuando cuidamos lo ambiental, sino cuando no empiezan a colisionar el interés de los turistas con el interés de los residentes permanentes, esta ley pretende dar garantías”.

La mendocina resaltó que estos contratos “al no estar incluidos en nuestro Código Civil y Comercial” pueden generar que “los turistas se instalen con menores en esos departamentos y no se vayan nunca”, o, en el caso opuesto, que huéspedes vivan situaciones inseguras. Sobre eso ejemplifica: “Se han presentado problemas de seguridad porque nadie controla las cuestiones de gas o electricidad, porque se trata de propiedades privadas”.

Por su parte, el senador del FDT Mariano Recalde manifestó: “Este proyecto es fundamental para poder regular, teniendo en cuenta que existen otros factores. Tiene importancia en lo que respecta al acceso a la vivienda, a aquellos millones de argentinos que todavía no tienen casa propia y tienen que alquilar».

Qué dice el dictamen

Similar a la propuesta de la camporista Paula Pennacca en Diputados, la iniciativa establece que estarán alcanzados aquellos “propietarios o administradores que cuenten con poder y/o autorización correspondiente para comercializar inmuebles de forma temporaria, los huéspedes y toda persona que comercialice, publicite u ofrezca a través de cualquier medio viviendas de alquiler temporario para uso turístico”.

Se entiende por contrato de alquiler temporario turístico al “servicio de alojamiento en viviendas con fines turísticos utilizadas total o parcialmente por un período mínimo de un día que incluya al menos una pernoctación y un máximo de 90 días”.

El proyecto dispone la creación en el ámbito del Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación del “Registro Nacional de Viviendas de Alquiler Turístico Temporario” y establece una serie de funciones que tendrá la autoridad de aplicación, entre ellas podrá celebrar convenios de colaboración y coordinación con municipios y provincias.

En cuanto a las plataformas digitales que ofrezcan, intermedien, y/o celebren contratos de locación temporarios con fines turísticos, éstas deberán: habilitar un campo en la plataforma digital para que el propietario informe el número de inscripción ante el registro de cada unidad; proceder a la baja, retiro o suspensión de toda publicación que no posea el número de inscripción en el registro, previa notificación fehaciente al propietario o administrador de la unidad en alquiler; y utilizar la moneda nacional pesos argentinos para los anuncios y/u ofertas de unidades habitacionales que surjan como resultado de las búsquedas realizadas desde el territorio nacional; y para el procesamiento de pagos.