“No se logra entender cómo la simple disposición de medidas tendientes a recabar la información pertinente al objeto del litigio puede constituir un acto que denote falta de imparcialidad”. El juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario porteño Roberto Gallardo desnudó así la intención del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de correr a su molesta figura de la causa en la que decretó la suspensión del sistema de reconocimiento facial de prófugos de la Justicia con el cual fueron obtenidos datos de casi diez millones de personas.

El apoderado del gobierno porteño, Diego Sebastián Farjat, asegura que “Gallardo ha demostrado una evidente falta de imparcialidad, además del desatino con que condujo el actual proceso, que lleva a rechazar su artero accionar y requerir su apartamiento de la causa”. El magistrado respondió que “no se advierte cual sería el agravio que conlleva la comprobación de los hechos que las medidas intentan aclarar, más aún, cuando una buena administración debe apuntar a la transparencia de sus actos”.

En los hechos, Gallardo rechazó el apartamiento de investigación por el largo exceso en que incurrió el gobierno porteño, que estaba autorizado a buscar a unos 40 mil prófugos pero obtuvo datos biométricos de 9.900.282 personas que, obviamente, no constituyen el universo de quienes tienen cuentas pendientes con la justicia y están evadidas de ella.

“Teniendo en cuenta la naturaleza y relevancia institucional de la cuestión debatida, cuestionar que se haya resuelto recabar información imprescindible que permita esclarecer los hechos controvertidos y conducentes a fin de tomar una decisión jurisdiccional que no se dé de bruces con la realidad de la sociedad, resulta absurdo”.

Gallardo es sistemáticamente recusado por el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires desde los tiempos en que Mauricio Macri era jefe de gobierno. Esta vez no fue la excepción.

“Es insólito, contrario a derecho y de una parcialidad manifiesta que el juez dicte medidas para mejor proveer, ya no respecto del fondo del asunto, sino, en lo que supone la búsqueda de algún resquicio que le permita dictar una cautelar cuando la actora no acredita ni la verosimilitud del derecho ni peligro en la demora”, remarcó la presentación del apoderado del gobierno porteño.

El juez respondió: “Resolví hacer lugar a la medida cautelar solicitada y ordenar al GCBA suspender el sistema de reconocimiento facial de prófugos (SRFP), en el ámbito de la CABA, sin que ello merme de ninguna manera los restantes sistemas de videoviligancia (monitoreo urbano), preventivo y forense. (…)  Tal circunstancia, supone para el Gobierno demandado, falta de imparcialidad y violación de derecho de defensa.  Una vez más, frases grandilocuentes y agraviantes a mí investidura, que sólo exhiben la carencia de fundamentos reales del planteo recusatorio”.

¿Qué hizo el gobierno porteño ante esta respuesta? Denunció penalmente al juez. El ministro de Justicia y Seguridad, Marcelo D’Alessandro, presentó ante la Justicia en lo penal un escrito en el que explicó: “Vengo por el presente a formular denuncia penal por los delitos que prima facie podrían configurarse como prevaricato y abuso de autoridad (esta última calificación comprensiva del comportamiento que deriva en una eventual privación ilegítima de la libertad), sin perjuicio de cualquier otra calificación que con el curso de la investigación pudiera caber. Solicito desde ya, se sirva ordenar las medidas pertinentes para constatar que en el caso denunciado se verifican los requisitos legales exigidos por los tipos penales en cuestión, se extremen los recaudos tendientes a hacer cesar la comisión de los hechos ilícitos y a ordenar la declaración indagatoria de su/s autor/es y de los eventuales cómplices y/o encubridores”.

Gallardo detectó “la migración irregular de 9. 900.282 de datos biométricos desde el Registro Nacional de las Personas al Ministerio de Seguridad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires”. Por ello ordenó a la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) secuestrar de las sedes del Centro de Monitoreo Urbano (CMU) de la Policía de la Ciudad y del Ministerio de Justicia y Seguridad “toda la información contenida en la arquitectura informática utilizada en el Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos para posteriormente realizar una pericia informática”. Y dispuso que nadie ingresara ni saliera del lugar durante el allanamiento.

Por eso fue recusado y denunciado por el gobierno porteño.

“El gobierno de la Ciudad pretende apartarme del conocimiento de la causa basándose en una serie de afirmaciones dogmáticas y carentes de todo fundamento y sin justificar, en concreto, en ningún caso, como se habrían configurado las supuestas transgresiones al ordenamiento procesal”, respondió Gallardo

El juez aportó un dato contradictorio del propio gobierno porteño, que por un lado lo acusó de haberse excedido en sus funciones por haber ordenado un allanamiento, que es una medida de corte penal, pero por el otro le había pedido al propio Gallardo que realizara un allanamiento en una causa en la que pretendía desalojar a un ocupante de un inmueble en la Avenida Avellaneda al 3.600 de esta Capital.

“En otras palabras, el mismo Gobierno requiere a quien suscribe la orden de allanar un inmueble en el marco de un allanamiento de morada, y, por otro, entiende que dicho accionar es de ‘neto corte penal’ y demuestra una imparcialidad manifiesta de mi persona que justifica una recusación. Todo ello, con escasos días de diferencia”, patentizó el juez.

La continuidad de Gallardo en el expediente quedó ahora en manos de la Sala Primera de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Justicia de la Ciudad.