La consecuencia directa del fallo que liberó a Carlos Zannini y Luis D’Elía será que más temprano que tarde caerá la orden de detención que pesa sobre la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner. Las argumentaciones que plantearon las juezas del Tribunal Oral Federal N° 8, Sabrina Namer y María Gabriela López Iñíguez, no dejan espacio para otra cosa. En los próximos días deberán pedir la excarcelción los otros dos detenidos, Fernando Esteche y Yussuf Jalil, y simultáneamente el abogado defensor de la exmandataria, Roberto Boico, deberá requerir que la orden de detención firmada por el juez federal Claudio Bonadio y ratificada en dos instancias, caiga por imperio del nuevo escenario. Va de suyo, también, que carecerá de sentido el pedido de desafuero. La expresidenta, como el resto de los imputados, podrá esperar el juicio sin temor a ser encarcelada.

Quien puede lo más, puede lo menos. El fallo sostiene que «la suposición elusiva (de las normas legales que autorizan a denegar una excarcelación) puede ceder cuando existen razones plausibles que hacen presumir que la libertad no entorpecerá la investigación ni facilitará actitudes esquivas». Si Zannini y D’Elía, quienes no tienen responsabilidad política alguna en el actual esquema institucional, no representan esos peligros, mucho menos la actual senadora Fernández de Kirchner, quien –por otra parte– tiene medidas de sujeción a otros procesos judiciales que aseguran que o permanece «a derecho» o debería fugarse a un país que carezca de convenios de extradición con la Argentina. Ese escenario parece imposible; tanto, como la posibilidad de que pida asilo político en una embajada. 

Para la excarcelación de Zannini y D’Elía fue central el dictamen de la fiscal Gabriela Baigún, quien actuará en el juicio oral por el supuesto encubrimiento de los iraníes acusados por la voladura de la AMIA. Sobre todo por la comparativa con otro juicio por presunto encubrimiento, que involucra indirectamente al ministro de Justicia del actual gobierno Germán Garavano. Se trata del proceso en el que están siendo juzgados, entre otros, el expresidente Carlos Menem, el exjuez Juan José Galeano y los exfiscales Eamon Mullen y José Barbaccia, a quienes el ministro Garavano decidió no acusar desde el Estado nacional. Esa decisión política del gobierno nacional llevó al extitular de la oficina de seguimiento de la Causa AMIA, el exsenador radical Mario Cimadevilla, a denunciar a su exjefe, Garavano, por «encubrimiento» y «cohecho».

En ninguna de esas causas hay presos. Ni en el juicio oral que se encuentra en su etapa final, de alegatos, ni en la incipiente denuncia que formuló Cimadevilla. «Se trata de hechos de similar significación, pues versan sobre maniobras tendentes a evitar el esclarecimiento de la verdad en relación con el atentado más grave de la historia de nuestro país. Resulta, cuanto menos, violatorio del principio constitucional de igualdad ante la ley por cuanto transitan su juicio en libertad, incluso mediando severos pedidos de pena por parte de la fiscalía actuante», subrayó Baigún y coincidieron las juezas.

Si no hay presos en esas causas, no puede haberlos –según entendieron las tres funcionarias judiciales– en expedientes de similar magnitud, gravedad y por los mismos delitos.

El fallo excarcelatorio marca, además, la confirmación de un cambio de época dentro del cambio de época. Parece malherida la «Doctrina Irurzun», aquella que permitía meter preso a prácticamente cualquier acusado por la mera sospecha de su vinculación residual con el poder. «Esperemos que esté definitivamente muerta», se esperanzó el abogado de D’Elía, Adrián Albor. «