Hace meses, casi años, que Juntos por el Cambio, junto a parte del oficialismo y el «peronismo federal», pregonan que la actual Ley Nacional de Alquileres perjudica a las y los inquilinos (y obviamente a los propietarios, según sus cosmovisiones), y que se debe reemplazar. Denunciando el lobby del mercado inmobiliario detrás, las agrupaciones de inquilinos vienen insistiendo en que la norma no es el problema, sino la falta de intervención y control por parte del Estado.

En ese contexto, la semana pasada se aprobaron dos proyectos en comisiones en el Congreso de la Nación. El dictamen del FDT sostiene el plazo de 3 años y la actualización anual según índice oficial; define que el índice sea el techo, pudiendo combinarse un aumento menor; permite que el depósito se pueda pagar hasta en seis cuotas; crea garantías públicas para trabajadores monotributistas; incorpora la obligación de aceptar pagos electrónicos; y sostiene la obligación de registrar el contrato en AFIP.

El de minoría, de la oposición (JxC y el bloque Consenso Federal de Graciela Camaño), propone derogar la actual ley por otra que reduce el plazo mínimo de los contratos de 3 a 2 años, habilita que se pueda exigir la cantidad de meses de anticipo que disponga el propietario (hoy es solo uno); legaliza los «contratos basura» o precarios de tres meses para cualquier fin (no solo para turismo); establece que el precio del alquiler se pueda actualizar por trimestre (hoy es cada 12 meses); el aumento lo decide únicamente la parte locadora; elimina la sanción prevista por ley para quien no registra contrato; y le quita al inquilino/a el derecho a informar su alquiler en AFIP. 

«La Ley Nacional de Alquileres aporta un nuevo marco de derechos habitacionales, pero si no hay Estado que regule, implemente políticas y genere incentivos, lo que gobierna es la ley del mercado inmobiliario», remarcaron desde la Mesa por los Derechos de Les Inquilines. Y expusieron cinco «mitos» de la actual ley que se repiten en su tratamiento en los medios, el sector político y el empresario:

MITO 1 | «Por culpa de la Ley se retiraron propiedades del mercado»

Los datos del propio mercado, por ejemplo para CABA, indican que la oferta de departamentos para alquiler viene en caída por lo menos desde 2019, es decir, antes de la norma.

MITO 2 | «La ley impide la libre contratación de las partes»

La ley regula las actualizaciones, pero no los precios iniciales, que siguen fijados por el mercado. Además, la idea de “libre contratación” presupone que tanto las personas que alquilan como las y los propietarios están en igualdad de condiciones en una negociación desregulada. En realidad, los primeros deben aceptar las condiciones de contratación de los segundos por la imperiosa necesidad de un techo, mientras que lo que está en juego para las y los propietarios es obtener una renta.

MITO 3 | «Hay que seducir a los y las propietarias, dando mejores condiciones, para que así quieran ofertar sus viviendas»

Quienes ponen en alquiler sus viviendas por necesidad (por ejemplo, para completar una jubilación o un salario), lo van a seguir haciendo. Quienes retiran las viviendas del mercado son aquellas personas que las tienen como reserva de valor. No se puede priorizar la renta de las y los propietarios sobre el derecho a la vivienda de los hogares inquilinos.

MITO 4 | «Por culpa de la Ley, las personas que alquilan sufren un aumento del 50% anual»

El problema no es la existencia de la ley sino el contexto inflacionario de la economía en general y el aumento especulativo de los precios iniciales. Además, un acuerdo (no) libre entre partes no garantiza que los aumentos sean menores a los que pauta la ley actual. Es necesario disponer de un mecanismo público de actualización anual ajustado a la capacidad de pago de los hogares inquilinos.

MITO 5: «La ley de alquileres no beneficia a ninguna de las partes»

La renovación cada tres años da seguridad y arraigo a las personas que alquilan, además de ahorrar dinero por reducirse las renovaciones, por lo que es progresiva para la población inquilina. Además, el Índice de Contrato de Locación implica aumentos anuales del precio a partir de un índice justo para ambas partes, promediando inflación y salarios.

Un derecho antes que un negocio

«Durante el debate suscitado en la Comisión de Legislación General, único debate abierto, quedó en claro que la posición de les inquilines es la de sostener los derechos conquistados en la ley vigente tales como la duración de los tres años y la actualización anual de acuerdo con un índice público –remarcaron desde la Mesa–. Quienes en este tiempo sostuvieron públicamente que la Ley de Alquileres perjudica a ambas partes por igual, acordaron la peor de las propuestas para la población inquilina. Este dictamen de minoría perfora el piso de derechos conquistados, eliminando garantías y controles para asegurar un mercado inmobiliario con capacidad suficiente para decidir quién alquila en la Argentina».

Y agregaron que «la discusión es clara, flexibilización para favorecer negocios o más derechos para la población. Frente a esto, hacemos un llamado urgente a todos los sectores, organismos y organizaciones, convencidos que la Vivienda es un derecho antes que un negocio, a involucrarse y pronunciarnos en contra de esta regresión legislativa que avasalla derechos conquistados por la población».