En el marco de una nueva sesión especial, el Senado de la Nación convirtió en ley la iniciativa que declara de interés público la producción de vacunas contra el Covid-19 y fija una serie de condiciones excepcionales para los futuros contratos que suscriban el Estado Nacional y la industria farmacéutica para su compra. El espacio de Luis Naidenoff, Juntos por el Cambio votó de manera dividida tal como lo hizo cuando se trató el proyecto en Diputados.

Mientras en el recinto “virtual” se trataba el proyecto, la presidenta del Senado, Cristina Fernández de Kirchner, recibía en su despacho al embajador de la Federación Rusa, Dmitry V. Feoktistov.

Durante el debate, el eje se puso en la transparencia o no de la iniciativa. Como miembro informante, expuso el senador del Frente de Todos José Neder, quien explicó que la intención del proyecto “es establecer condiciones para la compra de vacunas contra el Covid, brindando las medidas necesarias al Ministerio de Salud con relación a la firma de convenios que nos permitan tener con mayor celeridad el acceso a la vacuna”.

El senador indicó que “hay varias vacunas en fase uno, dos y tres que están avanzando”, y “suponiendo que todas las vacunas que están en fase tres sean efectivas, aun así, se llegaría a producir 6.000 millones de dosis, por lo cual, si se aplican dos dosis por cada uno, esta producción no alcanzaría”.

La oposición volvió a dividirse a la hora de la votación, algunos legisladores como Julio Cobos, Gladys González, Silvia Giacoppo y el propio Naidenoff votaron a favor junto con el Frente de Todos. La iniciativa recibió 56 votos positivos, mientras que 11 lo hicieron en contra y hasta presentaron un dictamen en minoría: Belén Tapia, Silvia Elías de Pérez, Víctor Zimmermann, Martín Lousteau, Laura Rodríguez Machado, Pamela Verasay, Esteban Bullrich, Alfredo De Angeli, Eduardo Costa y Oscar Castillo, a quienes se sumó la riojana Clara Vega (Interbloque Federal).

En ese sentido, la senadora del Pro Laura Rodríguez Machado señaló: “Esta no es una ley de vacunas, es una excepción a la normativa de compras del Estado. Una ley de vacunas, como la 27.491, lo que establece es un criterio médico y políticas públicas de control de enfermedades que son posibles de tener gracias a la vacunación”.

“Este proyecto establece clausulas confidenciales y nosotros no vamos a votar aquello que no puede ser conocido por la sociedad argentina cuando compramos las vacunas. Establece también la indemnidad en los contratos, el Estado cubrirá con sus fondos el daño que puede producir algún laboratorio”, agregó.

La iniciativa declara de interés público la investigación, desarrollo, fabricación y adquisición de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19.  Además, faculta al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud, a incluir en los contratos que celebre y en la documentación complementaria para la adquisición de vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19 cláusulas de prórroga de jurisdicción a favor de los tribunales arbitrales y judiciales con sede en el extranjero y que dispongan la renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana, exclusivamente respecto de los reclamos que se pudieren producir en dicha jurisdicción y con relación a tal adquisición.

Asimismo, establece que en los contratos se podrán incluir “cláusulas que establezcan condiciones de indemnidad patrimonial respecto de indemnizaciones y otras reclamaciones pecuniarias relacionadas con y en favor de quienes participen de la investigación, desarrollo, fabricación, provisión y suministro de las vacunas, con excepción de aquellas originadas en maniobras fraudulentas, conductas maliciosas o negligencia por parte de los sujetos aludidos”.

También, que se podrán disponer “cláusulas o acuerdos de confidencialidad acordes al mercado internacional de las vacunas” en el marco de la Ley de Acceso a la Información Pública y Ley de Derechos del Paciente. Las vacunas contra el Covid-19 deberán ser previamente registradas por la ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) y analizadas por la Comisión Nacional de Inmunización (CoNaIn).

Por otro lado, exime “del pago de derechos de importación y de todo otro impuesto, gravamen, contribución, tasa o arancel aduanero o portuario, de cualquier naturaleza u origen, incluido el Impuesto al Valor Agregado, como así también de la constitución de depósito previo, a las vacunas y descartables importados por el Ministerio de Salud”.